Las mujeres embarazadas que son despedidas de manera injustificada tendrán derecho a una indemnización y ser reintegradas a su trabajo, así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Esto sin importar si la persona tenía un trabajo de base o de confianza, pues la Constitución establece una protección especial para las mujeres en periodo de gestación y lactancia.

Los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal del país determinaron esto al amparar a una servidora pública de confianza para que fuera indemnizada y reinsertada por haber sido despedida por estar embarazada.

La mujer ya había logrado que el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCA), así como un tribunal colegiado en materia laboral, le dieran la razón sobre la indemnización, pero no le concedieron ser reinsertada a su antiguo puesto, pues era trabajadora de confianza.

La Sala determinó que no existe prohibición constitucional para reinstalar a las mujeres despedidas por su condición de embarazo, a pesar de que desempeñen funciones de confianza.

“Aunque la Constitución federal prevé como regla general que los trabajadores de confianza carecen de estabilidad en el empleo, el artículo 123 hace una excepción a esta regla dirigida a las trabajadoras embarazadas, sin distinguir entre nombramientos de base y de confianza”, señaló la Corte.