La Secretaría de Energía (Sener) exhortó a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) establecer una metodología por la que fije precios máximos del gas licuado de petróleo (gas LP) para venta al público.

“La Secretaría de Energía ve necesaria como medida de emergencia que la Comisión Reguladora de Energía emita normatividad de emergencia, en un plazo no mayor a tres días, que garantice el bienestar de las familias mexicanas a través de la protección efectiva de su derecho a acceder de manera asequible a un energético de consumo básico en los hogares, como es el gas LP”, señala el documento.

Tanto la directriz de la Sener, como la normatividad de los precios tope por parte de la CRE, tendrán una vigencia de seis meses, agrega el escrito.

La dependencia explicó que la emisión de la directriz tiene como finalidad velar por el bienestar del consumidor de gas LP ante el impacto “sufrido de manera irreparable” por los altos precios que paga por el energético.

Otros argumentos que menciona fue que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha reiterado en diversos criterios que la limitación a la libre concurrencia es constitucional, en apego a lo previsto en el artículo 28, siempre y cuando dicha limitación se traduzca en una medida de protección al público consumidor.

Añadió que dicho precepto prohíbe expresamente que los particulares obtengan una ventaja comercial o mercantil a favor de una o varias personas, en detrimento de alguna clase social o del público en general.