En la capital del país, los delitos de violación y violación equiparada contra menores de edad ya no serán prescriptibles luego de que este martes el Congreso de la Ciudad de México, reformara el Código Penal local.

El objetivo es salvaguardar el derecho de la víctima de denunciar a su agresor en el momento en que considere que se encuentra preparado física, mental y psicológicamente.

El plazo para la prescripción para delitos como estupro, incesto, abuso sexual y acoso sexual, entre otros, empezará a correr hasta que la víctima haya cumplido los 30 años y no 18 años de edad, como estaba considerado hasta ahora.

El dictamen establece reformas y adiciones a los artículos 108, 111, 181 bis del Código Penal capitalino y establece:

-Se incrementan de 17 a 24 años de prisión a quien cometa pederastia.

-De cuatro a nueve años de prisión, para quien ejecute actos sexuales contra menores de 12 años de edad.

-Las reformas al artículo 181 bis, precisa el incremento de las penas de 12 a 20 años de prisión para quien realice cópula con personas menores de 12 años.

-De cuatro a nueve años de prisión, para quien ejecute actos sexuales contra menores de edad.

-Consideran como agravante el hecho de que un servidor público encubra alguno de estos delitos

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