Apenas nos recuperamos de la larga jornada electoral cuando de manera sorpresiva se publicó en el Diario Oficial la reforma judicial. Gran noticia pues, entre otros objetivos, busca combatir de raíz el nepotismo, el acoso sexual y en general cualquier acto de corrupción dentro del Poder Judicial de la Federación, además de fortalecer los mecanismos para que la justicia llegue a quienes no pueden pagar un abogado.

 

¿Nos quedamos con el “regalito” o lo devolvemos?

 

Pero, esta reforma también trae un regalo escondido. Cómo recordaremos, de manera sorpresiva, apenas unos minutos antes de concluir su votación en el Senado de la República y sin discusión alguna, se incluyó una ampliación para que, tanto Arturo Zaldívar, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como los integrantes del Consejo de la Judicatura Federal, se queden en sus cargos y responsabilidades dos años más de lo que señala la Constitución.

 

Cuestionado sobre el tema, el presidente Andrés Manuel López Obrador señaló que le tiene confianza al presidente Zaldívar y que “si se amplía el plazo con el propósito de que él encabece la reforma al Poder Judicial, está de acuerdo”. Zaldívar inició su gestión al frente de la presidencia en 2019 y concluiría en el 2022. Con los dos años más terminaría con el sexenio del presidente.

 

¿Tanto alboroto por dos años más? Pues resulta que sí.

 

La Constitución señala expresamente que la facultad de nombrar al presidente de la Corte es de los propios ministros, quienes cada cuatro años eligen quién de los 11 integrantes del Pleno deberá ejercer esa responsabilidad. La misma Carta Magna también concede a los ministros la facultad de proponer integrantes del Consejo de la Judicatura Federal de entre los magistrados de circuito y los jueces de distrito.

 

En pocas palabras: El presidente (Poder Ejecutivo) y los integrantes del Congreso (Poder Legislativo), han invadido facultades que sólo corresponden al Poder Judicial. Es decir, la autonomía e independencia de este poder puede verse comprometida, porque lo dicho en una ley estaría por encima de lo establecido en la Constitución.

 

¿Ahora, qué hacemos con el “regalito”?

 

Cuestionado sobre su silencio sobre el tema, fue hasta el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial cuando el ministro Zaldívar anunció que, para decidir cómo resolver este enredo, haría una consulta al Pleno de Ministros.

¿Qué es eso de la consulta? La nueva ley del Poder Judicial considera en su artículo 11 que es responsabilidad del Pleno velar por la autonomía e independencia del Poder Judicial. Para ello, deberán conocer y resolver las controversias que se les presenten, entre otros temas, sobre los artículos que hablan del nombramiento del presidente y los consejeros.

 

Al tratarse de un procedimiento extraordinario, aún hay muchas dudas sobre cómo operará en la práctica: ¿qué trámite seguirá el asunto para su estudio y, por ende, qué consecuencias tendrá? ¿se excusará el ministro Zaldívar para participar porque se trata de un tema que lo beneficia?

 

Quizá la más importante: ¿el resultado de la discusión será declarar si la reforma es constitucional o no? Recordemos que el número de votos requeridos para declarar la invalidez de una norma es de, al menos, ocho votos. Sin embargo, al tratarse de un procedimiento extraordinario, sus decisiones podrían tomarse por mayoría de votos.

Además de la consulta, hay otro camino para resolver este embrollo. Las cuatro bancadas de la oposición en la Cámara de Diputados anunciaron que presentarán una acción de inconstitucionalidad ante la propia Corte, que es un juicio que tiene el objetivo de determinar si una norma va contra lo dispuesto en la ley de leyes y, de ser el caso, sea invalidada.

Así que, de uno u otro modo, nuestro máximo tribunal habrá de tomar el toro por los cuernos y pronunciarse al respecto.