La maternidad subrogada, también conocida como “vientre de alquiler”, es una técnica de reproducción asistida, en donde una mujer presta su útero, y en ocasiones también sus óvulos, para gestar el embarazo de otra pareja o persona.

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En el 2016, la entonces PGR, declaró una acción inconstitucional el hecho de que el Congreso de Tabasco intentará modificar algunos puntos sobre el tema, a lo cual la Suprema Corte estuvo totalmente de acuerdo.

Debido a que el Congreso de Tabasco no cuenta con las facultades necesarias para cambiar o modificar una Ley Federal, pues este tipo de reproducción artificial son regulados por la Ley General de Salud. 

Recientemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación, informó los términos para regular la maternidad subrogada:

  • Las madres gestantes que colaboren en este procedimiento no necesitan permiso de sus parejas. 
  • Las parejas homoparentales y los extranjeros también podrán acceder a esta técnica de reproducción asistida.
  • La madre gestante podrá pedir la custodia completa del bebé solamente cuando uno o ambos padres contratantes no tengan la capacidad o mueran. 
  • Los estados podrán legislar para que las mujeres gestantes decidan cobrar o no.