La Suprema Corte de Justicia de la Nación consideró inconstitucional penalizar a una mujer que solicite el aborto después de los tres meses de embarazo, cuando fue víctima de violación. Este acto es limitado en varios estados del país.
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Los ministros tomaron de ejemplo el caso de una menor de edad con parálisis cerebral, que fue abusada sexualmente y a quien el Hospital General de Tapachula, Hidalgo, le negó en 2018 practicarle un aborto.
La limitación temporal para la interrupción legal del embarazo producto de una violación, es un acto de violencia contra la mujer que afecta sus derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la salud mental: #PrimeraSala
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— Suprema Corte (@SCJN) July 7, 2021
La menor tenía 23 semanas de embarazo y le fue negado este tipo de “servicio” por un lado por el tiempo transcurrido y por otro, dado el estado de la menor, el director del hospital consideró que era de alto riesgo.
La SCJN determinó que se cometieron varias violaciones a los derechos humanos tanto de la mujer como de su madre.
Ante esta situación se solicitó que se realice una evaluación de la víctima y se informe a su madre del resultado a fin de proveerles un tratamiento que ayude a combatir las repercusiones en su salud.
“La Primera Sala determinó que el Juez de Distrito que conoció inicialmente del amparo realizó un análisis incorrecto del asunto, puesto que no valoró en su justa dimensión las particularidades de la víctima, al dejar de actuar conforme a los lineamientos y directrices relacionados con perspectiva de género, ni se pronunció en torno a si era necesario aplicar alguna medida o ajuste razonable al procedimiento, y menos aún tomó en cuenta que al momento de la violación, la víctima era menor de edad, lo cual le obligaba a adoptar medidas reforzadas”.
“Asimismo, la Sala declaró inconstitucional la porción normativa del artículo 181 del Código Penal para el Estado de Chiapas, y como consecuencia la negativa de la autoridad sanitaria a practicar la interrupción del embarazo”.
Los estados donde se impide el aborto después de un tiempo son, además de Chiapas con un plazo de 90 días:
- Veracruz
- Baja California
- Quintana Roo
- Chihuahua
- Hidalgo
- Colima
Con 12 semanas de gestación
- Campeche
- Michoacán
- Coahuila