En el Estado de México se aprobó la llamada “Ley Ingrid” que establece como tipo penal el delito de difusión de imágenes, audios, videos o documentos de cadáveres que se encuentren en un proceso de investigación.
La #LXLegislaturaMexiquense aprueba sancionar con penas de tres a seis años de prisión a quien por cualquier medio comparta imágenes, audios, videos o documentos de cadáveres o parte de ellos que se encuentren bajo resguardo de una investigación penal. #LeyIngrid pic.twitter.com/CKiYlFU49O
— Congreso del Estado de México (@Legismex) July 22, 2021
El castigo va para servidores públicos, integrantes de cualquier institución de procuración de justicia por difundir información en prejuicio de niñas, jóvenes y mujeres
Cuando el delito sea cometido por un servidor pública integrante de cualquier institución de seguridad pública o de procuración de justicia, las penas se incrementarán hasta dos años más.